Los patinetes eléctricos lo tienen difícil: retirada del vehículo y un multón por circular sin seguro

Patinete eléctrico - seguro, DGT y multas

Los patinetes eléctricos entran en una nueva etapa en España. El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regula el Registro de Vehículos Personales Ligeros, un trámite clave para que la obligación de contratar un seguro para los VMP pueda aplicarse de forma efectiva.

A partir de ahora, estos vehículos deberán estar inscritos en el registro gestionado por la DGT, contar con su certificado correspondiente y portar una etiqueta identificativa. La medida afecta a millones de usuarios y busca ordenar una forma de movilidad que ya es habitual en muchas ciudades.

La DGT activa el registro obligatorio para patinetes eléctricos

El nuevo registro permitirá identificar cada vehículo de movilidad personal y vincularlo a su propietario. Esto será imprescindible para poder contratar el seguro obligatorio de responsabilidad civil, una exigencia introducida por la Ley 5/2025.

Según la DGT, los VMP son vehículos de una o más ruedas, con una sola plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, con una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h.

Certificado y etiqueta identificativa

Tras completar la inscripción, el usuario recibirá un certificado digital y se generará un número identificativo para el vehículo. Con él se podrá obtener una etiqueta, similar a una pequeña matrícula, que deberá colocarse de forma visible en el patinete eléctrico.

En el caso de los VMP no certificados, que todavía pueden circular hasta el 22 de enero de 2027, el formulario permitirá indicar que se trata de un “vehículo no certificado”.

Cambios de titularidad y bajas

La normativa también regula otros trámites. Si el patinete cambia de propietario, el nuevo titular deberá comunicarlo en un plazo de 30 días. Para la baja definitiva, será necesario acudir a un centro autorizado de tratamiento de vehículos, que informará electrónicamente al registro.

Multas por no tener seguro

Circular sin seguro podrá suponer sanciones económicas. Las multas por carecer de póliza oscilarán entre 202 y 610 euros, mientras que circular sin ella podrá elevar la sanción hasta una horquilla de 250 a 800 euros, según la consideración legal del vehículo.

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